Las ciudades como entes corporativos que eran, producían dos tipos básicos de documentación: la municipal y la notarial.
Documentación municipal
Los cabildos como representantes de la ciudad producían tres tipos de documentos:
- Constitutivos del municipio: les eran otorgados a los vecinos por la autoridad real. Entre estos se encontraban las cartas de población (o cartas pueblas) y el fuero, que eran las estipulaciones por las cuales se gobernarían después de la fundación.
- De régimen interior: Se dividían en dos categorías:
- Ordenanzas: para el buen gobierno de la ciudad
- Actas capitulares: espina dorsal de la vida municipal. Las levantaban los escribanos del cabildo. En ellas se reflejaba la vida política y económica. Un ejemplo de este tipo de actas es la primera del cabildo de la ciudad de México, la cual corresponde a la sesión del 8 de marzo de 1524. Otras ciudades hispanoamericanas deben conservar en sus archivos actas similares, para lo cual debe buscarse en los respectivos archivos particulares de las ciudades.
Acta capitular del cabildo indígena de Tlaxcala
- De relación: son los que permiten al concejo elevar sus peticiones, quejas o informes a otras autoridades. Entre ellos están: -a) los memoriales
Memorial de la ciudad de Manila pidiendo que no se prefiera en los asientos a ninguna persona particular sobre los comisarios que nombre el Cabildo como representantes en juntas de guerra y estado. Archivo General de Indias, Filipinas, 5,N.405, f.1.
b) las cartas:
Carta del capitán Pedro de Zárate, regidor de Cartagena, en que da cuenta de lo que ha actuado en el ajuste de los doce mil pesos del derecho de avería, y de la donación que hizo a Su Majestad de los cien pesos que se le señalaron de ayuda de costa. Archivo General de Indias, Santafé, 64,N.27los mandamientos: eran las órdenes acordadas en cabildo para administrar los bienes municipales.
c) los mandamientos: eran las órdenes acordadas en cabildo para administrar los bienes municipales.
La ciudad en el antiguo régimen tenía un importante papel político como ente corporativo. Como apoyo a este apartado anexo este cuadro que sirve para ubicarse históricamente:
CIUDAD———- IMPORTANCIA POLÍTICA Y
POLÍTICA ANTIGUA EN LA
CIUDAD
* Centro de la civilización
* Imagen de la comunidad perfecta
*Núcleo perfecto por excelencia
*Lugar natural de la política
*Aquí se daba concentración de poderes
*Tenía amplia autoridad y fueros
**Era una forma de vida histórica, no sólo un recinto físico
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Era escenario de múltiples tensiones
POLITICA ANTIGUA
Gobierno de la “cosa” pública → República
Gobierno de la ciudad → Espacio de acción de diversos actores
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-autoridades regias
-cuerpos civiles
ACTORES → -cuerpos eclesiásticos
FORMALES -cuerpos militares
-cofradías
Grupos de poder———-| -gremios
entrelazados -barrios indígenas
ACTORES → -familias
INFORMALES -clientelas
-redes de interés
-facciones
DOCUMENTACIÓN NOTARIAL
El escribano:
El escribano público registraba y daba validez a una serie de actividades de diversa índole. En teoría era designado por el rey, pero mientras se confirmaban, en la práctica eran los virreyes, gobernadores, alcaldes y cabildos quienes designaban provisionalmente a los escribanos.
Los requisitos para ser escribano eran: ser mayor de 25 años, lego, de buena fama, leal, cristiano, reservado, de buen entendimiento, conocedor del arte de la escritura y vecino del lugar.
La escribanía era una actividad privada, realizada por un particular. Sin embargo, esta actividad tenía repercusiones públicas. El escribano era retribuido por sus clientes de acuerdo con un arancel de aplicación obligatoria.
Había dos tipos generales de escribanos:
-los de corte del rey: escribían y sellaban cartas y privilegios reales
-los públicos: que autorizaban actas y contratos celebrados por particulares y hacían constar las diligencias judiciales promovidas ante un juez.
Entre los escribanos públicos estaban los de juzgados de provincia, los de visitas, los de real hacienda y los de cabildo.
Había otros escribanos que desempeñaban funciones específicas, como los escribanos de Cámara del Consejo Real de las Indias o de las Audiencias, los de gobierno, los de Gobernación, los de minas y registros y los de bienes de difuntos de los juzgados.
Debe tomarse en cuenta que el término notario se refería a los escribanos eclesiásticos y los había mayores y ordinarios. Su nombramiento lo hacía el obispo.
Protocolos notariales
El protocolo era un libro de registro de instrumentos. Físicamente estaba constituido por un conjunto de hojas encuadernadas y empastadas que integraban un libro. En estos libros se ordenaban cronológicamente las escrituras y actas asentadas en forma original por los escribanos.
Los protocolos de aquella época se llevaban en cuadernos sueltos que posteriormente eran cosidos y encuadernados por los escribanos.
El protocolo más antiguo que se encuentra en el Archivo General de Notarías del Distrito Federal corresponde al año de 1525.
Sólo desde 1503 se dispuso por parte de los Reyes Católicos que los escribanos debían archivar el documento original. En el siglo XV existía la costumbre de llevar notas y registros de los actos y contratos que ante los escribanos se celebraban, pero los originales eran entregados a las partes. Cuando a los escribanos se les requería para la expedición de posteriores copias -denominadas traslados- debía reconstruirse nuevamente el acto o contrato con base en las notas.
Los documentos clásicos expedidos por las escribanías de los virreinatos o de los reinos y hoy llamadas notarías, eran muy variados pues abarcaban actividades diversas como:
-las que afectaban la vida personal del individuo: adopción, muerte, trabajo.
-relaciones con la administración: amparo, capitulación.
-económicas: ventas, poderes, asociación, compromisos.
Estos documentos pueden ser clasificados así:
- Cartas poder: para representar a alguien ante autoridades, cobrar, vender, casarse, administrar estancias, etc.
- cartas de obligación de pago: se expresa un compromiso de pagar.
- testamento: “es la última voluntad del hombre y una protestación de justicia con que se apareja a dar a cada uno lo que es suyo” (La política de las escrituras de Nicolás de Irolo Calar, escribano de Cádiz).
- fianza: figura jurídica de gran importancia para garantizar el cumplimiento de una obligación adquirida por tercera persona. El objetivo podía ser de distinta índole: se otorgaban fianzas para desempeñar un empleo, excarcelar a una persona, pagar un adeudo.
- cartas de venta (bienes), de censo (forma de hipoteca por la que se desiste de la posesión de derecho y la disfruta quien paga el censo llamado censuatario), de dote (aporte económico de la mujer cuando se casa o toma hábitos), de fundación de capellanía (dotación de bienes y renta para el sostenimiento de un capellán y obligación de misas a nombre de quien la constituye al morir y sus parientes, llamado patrón o para aumentar el culto divino).
Recomendaciones bibliográficas:
Los formularios y especificidades de los diferentes tipos de documentos notariales pueden ser consultados en Nicolás de Yrolo Calar. La política de escrituras. Estudio preliminar, índices, glosario y apéndices de María del Pilar Martínez López-Cano (Coord.). México, D.F., Universidad Nacional Autónoma de México, 1996.
La versión original la obra de Yrolo Calar (1605) puede consultarse aquí: https://archive.org/details/primerapartedela00yrol. Se titulaba Primera parte de la política de escrituras, pero fue la única, pues su autor murió poco después de la publicación de esta obra.
Francisco Icaza Dufour escribió un artículo sobre este escribano en el que menciona una gran cantidad de documentos de tipo notarial: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1749/4.pdf
Ejercicio:
Transcriba las dos primeras fojas de este testamento:
Testamento de Antonio Montenegro, natural de Sevilla, y difunto en la provincia de los Charcas
El testamento completo puede ser consultado en AGI, Contratación, 327, n.1, r.9, fol.7r-12r.